Desde el área de Ambiente de la Municipalidad de nuestra ciudad, se informa que se encuentra vigente la Ord. 49/2021 referente al Protocolo de Quema, el cual establece las condiciones y requisitos que deberán cumplirse en aquellos casos en que la actividad de quema en zona forestal y/o rural se encuentre en condiciones de ser realizada y autorizada por el Municipio, el cual forma parte legal y útil de la presente Ordenanza.Asimismo, se entiende por “quema” a toda labor de eliminación de la vegetación o residuos de vegetación mediante el uso del fuego, incendios de grandes basurales a cielo abierto o micro basurales.