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COLON

La Municipalidad de Colón informa las nuevas medidas vigentes

Fueron establecidas por el DNU Nº 334/2021 del Gobierno Nacional, las cuales son de aplicación para toda la Provincia de Entre Ríos.

La Municipalidad de Colón informa que se ha dado a conocer el Decreto de Necesidad y Urgencia del Gobierno Nacional Nº 334/2021 que dispone las nuevas medidas sanitarias. Dichas normas son de aplicación para toda la Provincia de Entre Ríos.

Las medidas estarán vigentes desde el sábado 22 de mayo hasta el domingo 30 de mayo inclusive, y los días sábado 5 y domingo 6 de junio. Del Lunes 31 de mayo al viernes 4 de junio, serán aplicables las medidas anteriores al presente decreto.

• El horario de circulación de personas y vehículos será entre las 06 y las 18hs. No está permitido circular fuera de dichos horarios, salvo para aquellas personas o trabajadores que cumplan con actividades esenciales, la que deberán acreditar mediante el permiso o certificado correspondiente.

• Quedan suspendidas las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. En consecuencia:

– No habrá clases presenciales,

– Los comercios permanecerán cerrados, salvo los esenciales que podrán trabajar a puertas abierta hasta las 18 hs., y en modalidad para llevar luego de ese horario.

– Permanecerán cerrados los cines, teatros, casino, salas de juegos y similares

– No están permitidas las reuniones sociales ni familiares,

– No habrá culto,

– No están permitidas las actividades turísticas ni recreativas

– No están permitidas las actividades sociales y eventos de ninguna clase,

– No están permitidas las actividades culturales de ninguna clase,

– No están permitidas las actividades deportivas de ninguna clase,

– No habrá administración pública municipal, con excepción del mantenimiento de los servicios públicos básicos que deberá garantizarse.

• Las personas deberán permanecer en sus hogares y solo podrán desplazarse para realizar compras de productos esenciales como alimentación, limpieza, medicamentos, turnos médicos y actividades esenciales hasta las 18 hs. Las salidas deberán hacerse en lo posible, de manera individual y no en grupo familiar.

• Están permitidas las salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, solo en grupo familiar estrecho, en los horarios permitidos para circular. En ningún caso se podrán concentrar personas, realizar reuniones, ni prácticas grupales. Para estas actividades no será necesario contar con permiso y con el límite horario de las 18 hs.

• Quedan exceptuadas de las restricciones antes mencionadas, las siguientes actividades esenciales, bajo las modalidades que se detallan y hasta las 18 hs.:

– Profesionales de la Salud, laboratorios, centros de diagnósticos clínicos y por imágenes; con turno previo. Farmacias, veterinarias.

– Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Kioscos. Servicios de Lavandería. Ferreterías. Gas envasado.

 La gastronomía sólo podrá funcionar bajo la modalidad para llevar y a domicilio (hasta 23hs.).

– Comercios minoristas no contemplados expresamente, sólo bajo la modalidad de envíos a domicilio o retiro, y hasta las 18 hs. En ningún caso podrán abrir sus puertas al público

– Industrias de productos de alimentación, higiene, limpieza, equipamientos médicos o sanitarios y vacunas

– Transporte público de pasajeros y mercaderías

– Mantenimiento de los servicios básicos y atención de emergencias. Servicios de mantenimiento, sanitización y fumigaciones. Servicios esenciales de vigilancia.

– Servicios funerarios, cremaciones y entierros

– Medios de comunicación

– Telecomunicaciones, internet fija y móvil

– Casas de cobro de servicios. Servicios postales y de distribución de paquetería

– Alojamiento afectado al servicio de emergencia sanitaria

– Talleres para mantenimiento y reparación de vehículos

– Ventas de repuestos, partes y piezas para vehículos, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta

“Las actividades comerciales mencionadas podrán continuar trabajando luego de las 18 hs., exclusivamente bajo modalidad de envío a domicilio, y hasta las 23 hs., cuando la actividad lo permita”.

• Quedan también exceptuados también de las restricciones, el personal esencial que a continuación se detalla:

– Personal de salud y fuerzas de seguridad

– Guardias médicas y odontológicas y atención con sistema de turno previo

– Autoridades de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y trabajadoras del Sector Público convocados y convocadas por las respectivas autoridades

– Personal de medios de comunicación

– Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompañante, si fuere necesario

– Personas que deban asistir a otros o atender una situación de fuerza mayor

– Personas que desempeñen tareas laborales en los comercios exceptuados, en el horario permitido

Todas las personas exceptuadas deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” que las habilite a circular y, en su caso, al uso de transporte público.

Para tramitar tu certificado, ingresa al siguiente sitio oficial del Gobierno Nacional:https://www.argentina.gob.ar/circular/actividades-permitidas

• Recordamos que no habrá actividad administrativa municipal durante la vigencia del decreto, y en consecuencia los vencimientos serán prorrogados al día hábil siguiente.

#CAV El Centro de Atención al Vecino funcionará en su horario habitual de 07 a 18 hs., en los teléfonos 641295 – 497155 – 497175. Se recuerda además que la Guardia de Inspección Municipal se encuentra activa 24 hs. al teléfono 423-560.

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