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VILLA ELISA

Rige la declaración del domicilio digital para contribuyentes de Villa Elisa

La Declaración Jurada deberá ser firmada y entregada en dependencia municipal

Semanas atrás inició en el ámbito municipal el registro de personas físicas y jurídicas afincadas en Villa Elisa e inscriptas en, al menos, una de las siguientes tasas o impuestos: T.I.S.H.P. y S., Fondo Becario Municipal, Tasa General Inmobiliario (TGI) o Servicios Sanitarios de liquidación unificada.

El domicilio digital o electrónico es una herramienta que representa un avance significativo en materia de modernización, agiliza la comunicación con el contribuyente y favorece avanzar en la reducción del uso de papel en dependencias municipales.

El inicio del trámite de alta del domicilio digital está dado por la declaración por parte de las personas de un correo electrónico, que se incorpora a la base de datos de domicilios digitales del Municipio.

Para declarar el correo electrónico (domicilio digital), los contribuyentes deberán -por única vez-descargar desde el web www.villaelisa.gov.ar el “Formulario de Declaración Jurada de Domicilio Electrónico” para ser completado, o acercarse a la Municipalidad para completarlo. Cabe destacar que la firma del formulario deberá realizarse de manera presencial en dependencia municipal, donde además se hará la entrega del documento.

Al margen de la obligatoriedad de la declaración del domicilio digital quedarán aquellas personas sin acceso a herramientas digitales.

Vale recordar que la implementación del domicilio digital entró en vigencia a partir del Decreto N°649/21, dejando establecida la Ordenanza N°2005 sancionada por el Concejo Deliberante.

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