El Ejecutivo Municipal, en virtud de las medidas recientemente dictadas por el Gobierno Nacional y de la Provincia, a través del decreto N° 5 del Poder Ejecutivo de Entre Ríos, estableció nuevos horarios máximos para la circulación y desarrollo de actividades, en el marco de la actual emergencia sanitaria.
A partir de la hora cero del día 9 de enero, las actividades comerciales y de prestación de servicios deberán finalizar sus actividades a la 1 de la mañana, con excepción de las farmacias y estaciones de servicios.
Los kioscos, drugstores y complejos deportivos quedan comprendidos dentro del cierre a la 1 de la mañana.
Los comercios afectados a la actividad gastronómica, podrán extender y finalizar sus actividades a la 01:30 horas.
Se prohibirá la #permanencia y circulación en espacios públicos entre los horarios de las 01:00 y 06:00 horas, entre los que se incluyen plazas, parques y accesos.-
Se limitará la #circulación en todo ámbito de la ciudad de Villa Elisa en el horario comprendido entre las 01:30 y las 06:00 horas, exceptuándose a las personal alcanzadas por el DNU Nº 297/20 (personal esencial).
Las medidas, que regirán desde el día 9 de enero hasta el 24 de enero, tienen como fin disminuir la circulación de población ante el incremento de casos que se registra tanto a nivel local, como en todo el territorio provincial.