Como parte de las políticas de modernización del Estado que se vienen llevando adelante.
En sintonía con los procesos de modernización estatal que vienen ganando espacio en el Municipio de Villa Elisa durante los últimos años, el Departamento Ejecutivo firmó ayer el Decreto N°649/21, que fija para Villa Elisa la implementación del domicilio digital o electrónico tanto para personas físicas como jurídicas afincadas en la ciudad. La medida tiene como antecedente la sanción de la Ordenanza N°2005 por parte del Concejo Deliberante.
El domicilio digital es una herramienta que representa un avance significativo en materia de modernización, agiliza la comunicación con el contribuyente y favorece avanzar en la reducción del uso de papel en dependencias municipales.
El inicio del proceso está dado por la declaración por parte de las personas de un correo electrónico, que se incorpora a la base de datos de domicilios digitales del Municipio.
En la práctica, para declarar su domicilio digital, los contribuyentes deberán -por única vez- descargar desde la web www.villaelisa.gov.ar el “Formulario de Declaración Jurada de Domicilio Electrónico” para ser completado, o acercarse a la Municipalidad para completarlo. Cabe destacar que la firma de dicho formulario deberá realizarse de manera presencial en dependencia municipal.
La declaración del domicilio digital ante el Municipio se realiza por única vez y será un trámite obligatorio para aquellas personas físicas o jurídicas inscriptas en la T.I.S.H.P. y S., Fondo Becario Municipal, Tasa General Inmobiliaria (TGI) y Servicios Sanitarios de liquidación unificada.
Cabe mencionar que las personas sin acceso a las herramientas digitales quedarán, por su parte, exceptuadas del registro obligatorio del domicilio digital.
Una vez registrado el domicilio digital, las notificaciones llegarán desde cuentas electrónicas oficiales del Municipio, las que serán administradas por un agente designado en cada una de las dependencias, a fin de brindar seguridad y transparencia al nuevo sistema.