A partir de las 9.30, en el Salón Oyhampé, ubicado en el primer piso de los Tribunales de Paraná, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) tratará este miércoles en audiencia el recurso de impugnación extraordinaria iniciado por el abogado José Esteban Ostolaza, en representación de Nahir Mariana Galarza, condenada a prisión perpetua por la comisión del delito de Homicidio Calificado.
La Sala Penal del STJ estará integrada por los vocales Miguel Giorgio, Daniel Carubia y Claudia Mizawak.
El recurso fue presentado contra la sentencia dictada el 3 de julio de 2019 por la Sala Nº II de la Cámara de Casación Penal de Concordia, que rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa respecto del pronunciamiento del 24 de julio de 2018 emanado del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú, a través del cual se la condenó a la pena de prisión perpetua por la comisión del delito de Homicidio Calificado, por ser de una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja.
En la audiencia de mañana la querella estará representada por los abogados Rubén María Virué; Juan Peragallo y Sebastián Arrechea.
Sentencia Cámara Casación Penal de Concordia
Entre otros fundamentos, el fallo de la Cámara sostiene que la sentencia en primera instancia “ha sido absolutamente clara en establecer que entre imputada (Galarza) y víctima (Pastorizzo) existía una relación de pareja en los términos de la ley penal. Para ello, el sentenciante evaluó una serie de pruebas que lo llevaron a decidir de esa manera”.
Al profundizar sobre la cuestión, también se afirma que “resulta claro que como consecuencia de lo hasta aquí expuesto y de las circunstancias que fueron acreditadas debidamente en el proceso que el Tribunal llevó adelante una acertada tipificación de la conducta atribuída a Nahir Galarza en el marco del artículo 80 inc.1°. Como fue señalado, la evidencia permite sostener acabadamente que Fernando y Nahir habían mantenido una relación de corte sentimental durante varios años, vínculo que tuvo interrupciones temporales pero que se pudo mantener largamente hasta escasos días antes del crimen”.
El hecho
El Tribunal de Gualeguaychú integrado por Mauricio Derudi, Arturo Dumón y Alicia Vivian, resolvió el 3 de julio de 2018, por unanimidad, declarar a Galarza autora penalmente responsable del delito de homicidio calificado, por ser el de una persona con que ha mantenido relación de pareja, del cual fue víctima Pastorizzo, y condenarla a la pena de prisión perpetua y accesorias legales.
Hasta que la sentencia quede firme Galarza cumple la prisión preventiva en la Unidad Penal Nº 6 “Concepción Arenal“ de Paraná, de acuerdo a lo dispuesto por el Tribunal, que consideró “que se presenta el riesgo procesal de fuga, que cobra importancia a partir de la grave pena que se ha fijado, puesto que ya que no se trata de una pena en expectativa sino que se trata de una penalidad concreta y de efectivo cumplimiento”.
A Galarza se la encontró culpable de haber matado a su pareja tras haberle efectuado dos disparos de arma de fuego el 29 de diciembre de 2017, en la ciudad de Gualeguaychú.
Fuente:03442