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PROVINCIALES

Analizaron proyecto que limita el uso del juicio abreviado en causas de género

Jorge García y Maximiliano Benítez, cabezas de los Ministerios Públicos Fiscal y de la Defensa respectivamente, pusieron reparos al proyecto del senador Lucas Larrarte para eliminar el juicio abreviado en causas por delitos sexuales.

La comisión de Seguridad del Senado, que preside el Senador Ángel Giano (FpV - Concordia) recibió en el Recinto de la Cámara de Senadores, un grupo de invitados para intercambiar opiniones sobre un proyecto de ley que propone incorporar al artículo 391 bis y un párrafo al artículo 479 del Código Procesal Penal, para con ello exceptuar del procedimiento abreviado a los delitos previstos en el Capítulo II, Título III del Libro Segundo del Código Penal.

La iniciativa fue presentada por el senador de San Salvador, Lucas Larrarte (FpV) y fue acompañada por varios de sus pares.

Estuvieron presentes las senadoras de Feliciano y Federal, Miriam Espinoza y Nancy Miranda, respectivamente; y los senadores de Colón, La Paz, Gualeguay, Paraná, Pablo Canali, Aldo Ballestena, Francisco Morchio y Raymundo Kisser, en ese orden.

Concurrieron para hacer sus aportes Jorge Amilcar García (Procurador General); Maximiliano Benitez (Ministerio Público de la Defensa); Yanina Mariel Yzet (Oficina de Violencia de Género S.T.J.E.R.); la licenciada Mariana Broggi, secretaria del Consejo de Prevención y Diseño de Políticas Públicas contra las Violencias (COPREV), entre otros.

Inició el encuentro el presidente de la Comisión de Seguridad, Ángel Giano, quien agradeció las presencias, e informó a los presentes que por diversas razones no estarían presentes vocales del Superior Tribunal de Justicia.

Explicó brevemente los motivos de la convocatoria y la necesidad de contar con las opiniones sobre el tema. "Cada tema que tratamos nos preguntamos sobre la viabilidad de los mismos en el proceso penal en sí, en su aplicación", comentó.

El legislador indicó que se avanzó en el tema porque muchos representantes de víctimas han pedido cambios en el tema del juicio abreviado.

"Queremos que nos ayuden a encontrar el mejor proyecto posible, que puede llegar a ser una herramienta que ustedes deberían aplicar en el proceso penal", reflexionó Giano.

Inmediatamente el Senador Larrarte, autor del proyecto, dijo que "tiene un contexto histórico y un contexto jurídico, uno social".

"El histórico es el caso Micaela y nosotros, que somos una caja de resonancia de lo que pasa en la sociedad, nos hicimos eco porque aparecieron demandas con respecto al hacer del que somos responsables como legisladores", expuso.

Indicó que después de ver cómo fue el proceso de Wagner y analizando casos nacionales, apareció esta elaboración que se propone, donde también se observó alguna definición de la Corte Suprema de Justicia.

"Intentamos una norma que tenga consenso suficiente entre los operadores del sistema penal", argumentó en relación a esta convocatoria y recordó que se da que está en ciernes una reforma al Código Penal. Mostró conocimiento del trabajo que lleva adelante el Ministerio Público de Entre Ríos en relación a este tipo de casos.

El contexto

Es proyecto es puesto a consideración después del desgraciado caso en que Micaela García, oriunda de Concepción del Uruguay, muera víctima del ataque de Sebastián Wagner, en la ciudad de Gualeguay. El victimario había sido beneficiado por una acción abreviada.

Justamente en esta jornada, mientras se debate el tema en el Senado, comenzó el Jury de Enjuiciamiento contra el juez de Ejecución de Penas de Gualeguaychú, Carlos Rossi, que había autorizado la salida de Wagner y que recibiera varias denuncias cuestionando su desempeño.

Opiniones de los presentes

"Es un tema que me interesa mucho", comentó el doctor García, añadiendo detalles de la visión académica sobre el tema en sus inicios, que ha ido cambiando con el tiempo.

"El abreviado, es un juicio", dijo en forma categórica, que se da en un marco perfectamente claro en Entre Ríos, donde no se da el abreviado si no hay consentimiento de quien es víctima en el caso de los delitos sexuales, lo que es una disposición emanada de su autoridad.

Destacó que en el juicio abreviado se le reconoce a la víctima que fue tal, con un efecto pacificador concreto.

"Sería un gran error eliminar esta figura", afirmó García ante los legisladores. "Lo importante es que el juicio se termina", y propuso que "no habrá juicio abreviado si así no lo acepta la víctima", lo que podría plasmarse en un cambio en el proyecto de ley.

Sostuvo, con ejemplos contundentes, que la víctima tiene el derecho de no querer asistir a un juicio.

"La preocupación es muy importante", comentó en orden a la propuesta del legislador y destacó los mecanismos que se aplican en la actualidad, con límites concretos al uso del juicio abreviado.

Le pidieron precisiones en los casos en que la víctima es menor, y aquí le dio la palabra al defensor del Superior Tribunal, Maximiliano Benítez, quien explicó la forma en que participa en esos casos y mediante la interposición de un recurso puede recurrir en casos intrafamiliares.

Después que el senador Morchio pidió una serie de precisiones, ante lo que el doctor Benítez comentó que "no hay limitaciones al abreviado en relación al tipo de delito, solo hay limitaciones en relación a la pena". Observó las reformas que están en marcha a nivel nacional y mencionó los códigos provinciales.

Mostró en detalle cómo se opera en la provincia de Santa Fe donde de acuerdo al grado de la pena, requiere la participación de funcionarios de más alto rango para avanzar con el juicio abreviado.

"Son temas que se pueden tener en cuenta al momento de reformar si los legisladores continúan con la idea de avanzar con el proyecto", acotó como propuesta concreta.

Pidió que de limitar el abreviado, no sea en relación al tipo de delito, sino al monto de la pena a aplicar. También se podría replicar lo de Santa Fe aquí en Entre Ríos.

"El abreviado ha sido una herramienta de mucho valor para solucionar temas que se iban acumulando en los juzgados de instrucción", recordó el alto funcionario judicial.

"A la víctima hay que darle la posibilidad de obviar el juicio. Si la víctima no quiere, tenemos que respetar ese pensamiento", reflexionó en el Recinto de la Cámara Alta.

El procurador retomó y recordó que en el caso del niño que perdió la vida en un accidente frente a la Escuela del Centenario, en la capital entrerriana, donde hubo un juicio abreviado, se aplicó la mayor pena conocida a nivel país para un caso de este tipo.

El Senador Larrarte recordó el contexto en que se dio la presentación, con una fuerte valoración negativa del juicio abreviado.

Por su parte el Senador Kisser comentó que "se debe legislar para lo que va a venir y por eso tenemos que ser prudentes y tratar de responder a la demanda social por justicia".

En tanto la doctora Izet señaló que es muy bueno poder discutir este tipo de proyectos. Reflexionó que se debe pensar a qué grupo se quiere proteger con la limitación propuesta. Teniendo en cuenta los tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional dijo que se puede pensar en incorporar la perspectiva de género, con equipos interdisciplinarios, para acompañar a la víctima al momento de requerir su posición, su consentimiento informado, sobre el tema, en el tiempo que debe decidir si acepta o no el abreviado.

"Se puede pensar en fortalecer un organismo, con equipos, que acompañen estos procesos y puedan acompañar a las víctimas para superar situaciones de vulnerabilidad, para al momento de tomar una decisión, esté preparada", opinó, sin dejar de pensar en lo costoso de esto, "pero que pondría a la provincia a la vanguardia en la protección de derechos".

Participó del intercambio el Senador Canali, quien coincidió en la participación de equipos interdisciplinarios para acompañar a las víctimas, sobre todo a las más vulnerables. En su opinión, lo dicho por la víctima debería ser vinculante para tomar una determinación.

Desde el COPREV la licenciada Broggi dijo que la presencia del organismo en el debate es "continuar con el ejercicio de participar de estos espacios que se generan en los Poderes del Estado para atender cuestiones de violencia protegiendo a las víctimas", indicó, recordando los programas que funcionan en su ámbito de desempeño en ese sentido.

Propuso trabajar para "evitar de plano la revictimización", en orden a su experiencia y mencionó ejemplos del cómo llega la víctima al momento de decidir hacer una denuncia.

Destacó la búsqueda de las herramientas jurídico procesales, siempre rescatando la participación de equipos interdisciplinarios. "No trabajamos en compartimentos estancos y la violencia de genero es multicausal", puntualizó, recordando las dificultades que atraviesa una víctima, sobre todo cuando son menores.

Sobre el juicio abreviado, se brega para lograr que la víctima sea escuchada, en las mejores condiciones. Inmediatamente se agregó que, en caso de la llegada al juicio, se pueda acompañar en todas las etapas a la víctima desde los equipos interdisciplinarios.

Por su parte la senadora Miranda señaló situaciones que se dan durante los procesos en que la mujer es víctima de violencia y se preguntó sobre los alcances de la contención dentro de los refugios en tiempos limitados.

Esto generó un interesante intercambio con los operadores judiciales. Se explicó cuáles son los mecanismos que se utilizan dentro de esos espacios para lograr que en un proceso de mediano plazo puedan entender que hay un modo de salir adelante, en procesos que son lentos y donde no se cuenta con todos los recursos.

Los cambios en el Juicio abreviado y el Caso Micaela

El proyecto de ley analizado hoy propone modificar el código procesal penal, determinando que cuando se trate de delitos contra la integridad sexual, no pueda hacerse uso del juicio abreviado.

Se incorpora a la Ley 9.754 y sus modificatorias (Código Procesal Penal de la Provincia de Entre Ríos) el siguiente artículo: "Artículo 391 bis: No regirá lo dispuesto en este Capítulo, cuando el Imputado lo esté por alguno de los delitos previstos en el Capítulo II del Título III del Libro Segundo del Código Penal de la Nación, aunque hubiere una expresa solicitud de la víctima o sus familiares."

También agrega al artículo 479 de la Ley 9.754 y sus modificatorias (Código Procesal Penal de la Provincia de Entre Ríos) el siguiente: "Queda exceptuado el Imputado que lo esté por alguno de los delitos previstos en el Capítulo II del Título III del Libro Segundo del Código Penal de la Nación, aunque hubiere una expresa solicitud de la víctima o sus familiares."

En las reuniones de comisión se analizaron antecedentes jurídicos de casos que se han dado en la provincia. Se intenta, sobre todo, proteger a las víctimas de delitos sexuales, con acciones que impidan una revictimización. En todo el proceso la víctima tiene que ser debidamente informada sobre los alcances de su decisión.

Los fundamentos

Sostiene el autor en los fundamentos que la legislatura debe actuar cuando se produce un hecho tan aberrante y de tanto impacto como el que sacudió a Entre Ríos y al país, en alusión al caso de Micaela García.

"Es necesario redoblar esfuerzos para analizar, estudiar, debatir y -en su caso- sancionar normas que contengan la modificación de aquellos institutos y herramientas jurídicas que no funcionan como esperaba el legislador que los sancionó, o bien, para sancionar normas que permitan realizar ajustes que perfeccionen su funcionamiento, procurando llevar concordia y armonía a la comunidad", indican los argumentos.

Precisa que el Juicio Abreviado es un instituto procesal penal que tiende a simplificar el sistema de enjuiciamiento, mediante mecanismos sencillos, ágiles y veloces que si bien resulta adecuado para aquellas situaciones en las que se encuentran en juego conductas criminales patrimoniales, no sucede lo mismo, porque la situación es distinta y gravita socialmente, cuando la conducta del delincuente ha consistido en lacerar, abusar, ultrajar o humillar atentando contra la integridad sexual de una persona y en particular a un menor o una mujer.

De la Corte Suprema

Cabe reiterar lo que la Suprema Corte Suprema de Justicia de la Nación dijera en la causa "Góngora".

El fallo mencionado da una interpretación a los términos del artículo 7º de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (denominada "Convención de Belém do Pará" aprobada por la Ley 24.632) entendiendo que en los delitos que cuadren dentro del concepto de violencia contra la mujer inexorablemente deberá realizarse el juicio, término este último que la Corte traduce como debate oral.

La Corte textualmente indicó que: "la adopción de alternativas distintas a la definición del caso en la instancia del debate oral es improcedente".

Fuente: El Once

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