El 13 de mayo en horas de la tarde, más concretamente minutos después de las 17 horas, Gabriela Marcela André de 36 años y Gisela Yamila Almada de 27, perdían la vida en un siniestro vial ocurrido a la altura del kilómetro 129 de la Autovía Artigas, cuando al salir en moto de su trabajo en las Termas, fueron atropelladas por una camioneta, que era conducida por Alejandro Martín Cuello (37), vecino de la ciudad de Colón. Poco más de un año del hecho, la Fiscalía interviniente, a cargo de la doctora Albertina Chichi, dio por finalizada la IPP y elevó la causa a juicio.
La audiencia se desarrolló en el Juagado de Garantías, presidida por la jueza Alejandrina Liliana Herrero, encontrándose presentes en sala además de la fiscal, el representante de la querella Dr. Alejandro Felipuzzi, el defensor particular, doctor Santiago Ernesto Neuman y el imputado, hoy de 38 años de edad.
Concedida la palabra a la Agente Fiscal narró el hecho señalando que en circunstancias en que Gabriela Marcela André y Gisela Yamila Almada se conducían en un motovehículo marca Corven Mirage 110 cc, guiado por la primera de las nombradas sobre el carril este de la Autovía Gervasio Artigas (de circulación lenta), en sentido sur a norte, fueron colisionadas por alcance desde atrás por una camioneta Nissan Frontier 4×2, XE, que era conducida de manera imprudente y desaprensiva por Alejandro Martín Cuello, a una velocidad calculada mayor a 109.13 Km /h, quien infringiendo el deber de cuidado a su cargo, al circular en la autovía sin cuidado y prevención, no se percató ni observó al motovehículo que conducía delante de su marcha por conducir a una distancia imprudente del vehículo que le precedía de acuerdo a la velocidad de marcha y no conservó el dominio efectivo de su vehículo, circunstancias que fueron determinantes para que impactara violentamente a la motocicleta.
A raíz del impacto, ambas jóvenes salieron despedidas por el aire, causándole a ambas la muerte en el lugar, por graves lesiones en la columna cervical, considerándose tal conducta, como “Homicidio culposo agravado por el número de víctimas fatales”, calificación legal a la que adhirió la Querella, pero para la Defensa, se ha violentado el debido proceso, que se han violado los plazos de las investigación y no presentó objeciones a la calificación legal y hechos atribuidos. La Fiscalía, consideró improcedente el pedido de caducidad de instancia, ya que no manifiesta el perjuicio que le ocasiono a su defendido y que además en ningún momento la defensa solicitó la caducidad de la misma o haya manifestado dicha violación de los plazos razonables para llevar adelante la investigación.
Tras los planteos presentados se dio comienzo a la fase de admisión de evidencia ofreciendo las que pretende hacer valer en juicio.
Finalizada la etapa de presentación de las evidencias y testigos que se presentarán a debate, la juez dispuso la apertura a juicio de la causa y la remisión del caso bajo examen, individualizado en el «Legajo N°2866/22 caratulado «Cuello Alejandro Martin S/homicidio culposo agravado por el número de víctimas» , admitiendo la evidencia ofrecida por las partes y hacer saber a la Excma. Sala Penal de Concepción del Uruguay que el imputado Alejandro Martín Cuello, se encuentra en libertad sin medidas de coerción.
Fuente 03442