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CORONAVIRUS

En Ubajay endurecen el control interno para evitar que circulen sin justificación

La Municipalidad de Ubajay comunica que se comenzarán a endurecer los controles en la vía pública que se realizan conjuntamente entre Personal de Inspección y de la Policía de Entre Ríos, entendiendo que muchas personas se trasladan desobedeciendo la vigencia del decreto nacional de Aislamiento Social. Los individuos que no cuenten con el respectivo permiso de transitabilidad serán punibles a las multas expuestas en el DNU promovido desde el Ejecutivo Nacional.

“Hay muchas personas que observamos en las calles que no sabemos que hacen, el aislamiento es por el bienestar de todos, deben entenderlo, lo solicitamos de la mejor manera posible, en pocos días las autoridades provinciales nos brindarán mayor información de las actividades que se flexibilizarán y se podrán reactivar, mientras tanto todos debemos hacer reclusión en nuestros domicilios” explicó el jefe comunal Marcelo Giménez.

Por otro lado se explicó que el único trámite que se puede realizar en el Municipio, solicitando el respectivo turno, y atendiendo de a una persona por vez, es la renovación del carnet de conducir.

Respecto a la Decisión Administrativa de la Nación, se detallan las actividades exceptuadas.

*Amplía listado de actividades y servicios exceptuados.*

ARTÍCULO 1°.- Amplíase el listado de actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6° del Decreto N° 297/20, conforme se establece a continuación:

1. *Circulación de las personas con discapacidad* y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente. En tales casos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivos Documentos Nacionales de Identidad y el *Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas*, la cual podrá ser confeccionada en forma digital.

2. *Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad*

y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista. Los profesionales deberán portar copia del Documento Nacional de Identidad de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente con los requisitos previstos en el inciso anterior.

3. *Actividad bancaria con atención al público*, exclusivamente con sistema de turnos.

4. *Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente*

para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.

5. *Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.*

En ningún caso podrán realizar atención al público.

6. *Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente*

para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.

7. *Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio.*

En ningún caso se podrá realizar atención al público.

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