VILLA ELISA

Uso obligatorio de tapa boca y nariz


Esta medida no exime del cumplimiento del resto de las disposiciones que regulan el aislamiento social, preventivo y obligatorio, ni reemplaza las medidas de higiene y desinfección, ni el distanciamiento mínimo establecido para la permanencia y las colas en los comercios que debe observarse.


A través del Decreto N° 159/20 el Ejecutivo Municipal dispuso que a partir del jueves 23 de abril próximo será OBLIGATORIO el uso de elementos de protección que cubran boca y nariz para ingresar o permanecer en locales comerciales y en dependencias de atención al público, tanto en el sector público como privado, como así también en las colas que se puedan generar para el ingreso a los mismos.


El uso obligatorio de elementos de protección, no exime del cumplimiento del resto de las disposiciones que regulan el aislamiento social, preventivo y obligatorio, ni reemplaza las medidas de higiene y desinfección, ni el distanciamiento mínimo establecido para la permanencia y las colas en los comercios que debe observarse.


La medida fue tomada en virtud de la ampliación de rubros económicos autorizados a funcionar en el marco de la Emergencia Sanitaria, que dispuso el Gobierno Nacional el último fin de semana. Esa medida permitirá a muchas personas retomar parcialmente sus actividades laborales y por otro lado implicará mayor circulación de vecinos.


Por otro lado se estableció que los establecimientos comerciales serán solidariamente responsables por el no cumplimiento de las medidas de prevención establecidas para los viajantes y repartidores de mercaderías, establecidas en el Art. 9° del Decreto Nº 151/20.

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