El hecho ocurrió el 14 de febrero último alrededor de las 20:30, cuando el imputado de apellido Almada se dirigió en su vehículo a la plaza central de Barrio El Brillante, donde subió una joven que luego sería su víctima, con quien el día anterior había pactado un encuentro.
Se dirigieron a una zona descampada, cercana al "Matadero" de dicha localidad. Al llegar el conductor detuvo la marcha, momento en el que la imputada de apellido Grosjean, quien se hallaba en el asiento trasero sin ser advertida hasta entonces por la víctima, la tomó del cuello diciéndole que se quedara quieta. La hacen descender del automóvil y le atan las manos con una soga y las piernas con una prenda, mientras Grosjean la amenazaba para que no gritara, al tiempo que le sustrajo su celular.
Luego la introdujeron nuevamente en el vehículo, esta vez en la parte trasera junto a su victimaria, quien en todo momento la agredía verbalmente diciéndole cosas como "por fin te encontré después de tanto tiempo, destruiste mi matrimonio", al mismo tiempo le indicaba a Almada que se dirigiera a un lugar donde no hubiera gente, que ella "haría lo que tenía que hacer" y luego se irían.
Pasando el empalme de la Autovía Nº 14, a unos 2 km por ruta 130 en dirección a Villa Elisa, Grosjean indicó que detuviera el vehículo, descendiendo los imputados y obligando a la víctima a mantenerse acostada en el asiento trasero, mientras dialogaron unos minutos, tras lo cual ella la obligó a bajarse.
La víctima comienza a forcejear, logrando liberarse de las ataduras de los pies y de las muñecas, y mientras inmovilizaba a Grosjean hacía señas a un vehículo que pasaba, en el se conducía una familia en dirección a Villa Elisa, ante lo cual Almada abandonó raudamente el lugar en su vehículo con rumbo a dicha ciudad y Grosjean se dio a la fuga en sentido contrario.
Juicio abreviado
La audiencia de juicio abreviado se llevó a cabo el viernes en el Juzgado de Garantías de Colón y estuvo presidido por la Dra. Natalia Céspedes. La Fiscalía estuvo representada por el Dr. Alejandro Perroud; en tanto ejercieron la defensa de Grosjean y Almada, los Dres. Gustavo Goyeneche y Jorge Cacella, respectivamente.
Para fijar la pena se tuvieron en cuenta las circunstancias de tiempo, lugar, modo y ocasión en que se sucedieron los hechos; se ha valorado negativamente el ardid mediante el cual los imputados lograron que la propia víctima ascendiera al vehículo, el uso de elementos previamente seleccionados para inmovilizarla, el horario nocturno en que se cometió y el perjuicio ocasionado a la víctima, que resultó con lesiones leves, además de la afectación psicológica y moral resultante de la situación sufrida. Como únicas circunstancias atenuantes, se ha hecho mérito de la admisión de la autoría de los hechos por parte de los imputados y que los mismos no registran antecedentes penales computables.
Debido a que ambos padecen enfermedades debidamente constatadas –que a criterio del médico de tribunales desaconsejaba que fueran alojados en una unidad penal- cumplirán la pena en sus respectivos domicilios.
Por otra parte, los ahora condenados hicieron una reparación económica a la víctima por la pérdida de su celular, reconocieron la responsabilidad en el hecho y aceptaron la imposición de la pena.