VILLA ELISA

Los beneficios impositivos que se aplican en Villa Elisa al iniciar una actividad

A través de exenciones y reducciones fiscales se favorece el desarrollo formal de los emprendimientos
La Municipalidad de Villa Elisa acompaña a los jóvenes emprendimientos de la ciudad durante la etapa de constitución y primeros años de desarrollo como negocio.
Exenciones y reducciones fiscales favorecen de esta manera la iniciación de aquellas empresas que formalizan su situación comercial, productiva o de servicios ante el Área Municipal de Rentas.
Para conocer más detalles sobre estos beneficios, se pide a los titulares de emprendimientos contactarse con dicha dependencia vía WhatsApp al 3447 558463 o por correo: rentas@villaelisa.gov.ar
Alternativamente, se puede acudir a los profesionales contables que se desempeñan en la ciudad, quienes cuentan con la información necesaria para brindar asesoramiento en este tema.
A modo de resumen, se recuerdan las normas de beneficio fiscal en vigencia:
– Régimen de Promoción (Ord. 2097): exenciones en la Tasa de Comercio (TISHPyS) por plazos y porcentajes según tipo de actividad (productiva, servicios y/o comercial).
– Zona industrial (Ord. 1985): exención en tasa inmobiliaria, derecho construcción y Tasa de Comercio desde 100% al principio y luego decrece exención en forma gradual.
– Pequeños productores alimenticios (Ord. 886 y PUPA): reducción en inscripciones y pago bimestral de TISHPyS y acompañamiento en proceso de inscripción e iniciación.
– Fondo becario (Ord. 1102): exención 100% primeros 2 años desde matriculación y 50% los 3 años siguientes.
– Exenciones del Código Tributario (Ord. 1558 y modificatorias). Su aplicación es para ciertas actividades.

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