PROVINCIALES

La Cámara de Diputados dio media sanción a la Ley de Acceso a la Información Pública

El proyecto de Ley de Acceso a la Información pública de autoría del Poder Ejecutivo recibió media sanción por unanimidad este miércoles en la Cámara de Diputados. La iniciativa apunta a “garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso informal y gratuito a la información pública, completa, veraz, adecuada y oportuna, que estuviera en poder de cualquiera de los poderes u órganos, entes o empresas del Estado, municipios, comunas y universidades, promoviendo la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública”.
En una extensa lista de sujetos obligados, el texto menciona: la administración pública provincial, los organismos descentralizados, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, los Ministerios Públicos Fiscal y de la Defensa, las empresas y sociedades del Estado, los concesionarios de servicios públicos, los gobiernos municipales, las comunas, las juntas de gobierno y las empresas, partidos políticos, sindicatos, universidades y demás entidades que haya recibido fondos públicos del Estado provincial, en relación a esos recursos.
También obliga al agente financiero de la provincia, los entes interjurisdiccionales y los operadores de juegos de azar.
“El incumplimiento de la presente ley será considerado en los funcionarios públicos obligados como causal de mal desempeño y en los sujetos privados como un incumplimiento a sus obligaciones propias”, se advierte en el articulado.
Respecto a las solicitudes de información, indica que deberán hacerse por escrito, con los datos de la identidad de quien peticiona. El plazo para responder debe ser no mayor a 15 días hábiles. Para velar por el cumplimiento de la nueva normativa se crea en ámbito del Ministerio de Gobierno y Trabajo la Oficina de Acceso a la Información Pública (OAIP).
La iniciativa dispone también que los sujetos obligados deberán facilitar el acceso a la información a través de su página oficial de la red informática, de manera clara, estructurada y entendible.
Entre otros ítems, será obligatorio que cada organismo publique: su estructura orgánica y funciones, la nómina de autoridades y personal (incluyendo planta, contratados y pasantes), las escalas salariales, el presupuesto asignado, las contrataciones, las licitaciones, los concursos, las compras de bienes y servicios, los montos y los proveedores, entre otros datos.
Fuente Análisis Digital

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