Flexibilización de medidas
Deberán informarlo por correo electrónico al municipio. Son nuevas disposiciones que incluyen a la provincia de Entre Ríos para actividades específicas
Comerciantes minoristas de la ciudad de Colón podrán distribuir sus mercaderías ya elaboradas únicamente mediante entrega a domicilio, con los debidos resguardos y protocolos sanitarios.
La nueva medida adoptada por el municipio luego de las disposiciones nacionales que incluyen a Entre Ríos, es para la venta a través de sistemas de comercio electrónico o telefónico, y mecanismos que no requieran contacto con clientes.
En ningún caso los comercios pueden abrir sus puertas al público, y la medida está comprendida en las distintas actividades esenciales exceptuadas para el desarrollo de la vida en comunidad.
El Decreto Municipal Nº 175/2020 que este lunes firmó el Intendente José Luis Walser, luego de una reunión de gabinete, dispone que los comercios que desarrollen sus actividades con entrega a domicilio y a puertas cerradas deberán notificar su funcionamiento vía correo electrónico a habilitaciones@colon.gov.ar y acompañar un protocolo de trabajo, que además servirá como declaración jurada, con la siguiente información:
Modalidad y logística de reparto.
Personas y vehículos afectados a tareas de venta, empaques y envíos, reduciendo el número de personas al mínimo indispensable.
El sistema de entregas a domicilio podrá realizarse con personal propio o mediante servicios de cadetería y otras modalidades de transportes. En el caso de realizarse con personal propio, se podrá afectar un máximo de dos personas a dichas tareas. Los trabajadores y repartidores deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación COVID-19, previsto por la citada disposición administrativa.
Se deberán respetar y extremar las medidas de seguridad sanitaria vigentes mediante Decreto Municipal Nº 169/2020 respecto a distancias mínimas, máximo de personas por establecimiento, organización de las filas de espera, sistema de turnos, higiene y desinfección, uso de elementos de prevención sanitaria, y los horarios de cierre establecidos en el Decreto Municipal Nº 162/2020.